Estoy totalmente de acuerdo con el señor Antoni Coll (columnista de Diari de Tarragona) cuando afirma que el caso del conductor de Logroño que ha demandado a los padres del niño al que atropelló y mató, «enseña cómo puede ser de injusta la justicia cuando no se apoya en la moralidad. Y es una muestra de que no sólo hay pegatinas de burros en los coches, sino verdaderos burros al volante». ¿Cómo puede alguien reclamar 20.000 euros a una familia a la que le ha matado al hijo? ¿No se siente culpable? ¿No le remuerde la conciencia? ¿No se da cuenta que está llevando la insensibilidad a límites extremos que nadie va a aceptar? Bueno, eso espero, porque como los jueces le den la razón será para renunciar a que en este país se pueda hacer justicia alguna vez. Yo, por lo menos, ya he hecho mi resolución, aunque me gustaría entender cómo puede alguien atreverse a reabrir un caso así después de tres años. Por lo demás, solidarizarme con los padres porque entiendo lo que deben estar pasando.
Demanda por daños en su Audi a los padres del adolescente al que arrolló y mató
Un conductor ha demandado por daños en su coche a los padres de un joven de 17 años a quien atropelló con su coche y mató cuando el menor iba en bicicleta, en agosto de 2004, en Castañares (La Rioja). Según la organización Stop Accidentes, un Juzgado de Haro celebra el miércoles el juicio por la denuncia interpuesta por el conductor, Tomás Delgado Bartolomé, riojano de 43 años, que reclama a los padres del fallecido 20.000 euros por daños en su Audi A-8 y el alquiler de otro para trabajar.
El accidente se produjo cuando el joven Enaitz Iriondo Trinidad, natural de Durango (Vizcaya), tras pasar la tarde con sus amigos, volvía en bicicleta al camping de Castañares de Rioja, donde estaba de vacaciones con sus padres, Antonio y Rosa. El Juzgado determinó que el menor, que iba en bicicleta, se incorporó a la carretera sin llevar reflectantes, lo que precipitó el accidente. Según informes periciales que maneja Sos Accidentes -pero que no fueron presentados en el juicio-, el coche circulaba a 173,90 kilómetros por hora en una carretera donde la velocidad es de 90, y el conductor tenía una tasa de alcohol superior a la establecida. El impacto fue tan brutal que el menor fue lanzado a más de 18 metros de altura, sobrepasando las farolas de la carretera, según relata la madre, Rosa Trinidad.
En las diligencias previas se fundamentó que el hecho no revestía carácter de infracción criminal, por lo que, al mes del fallecimiento, la familia recibió la notificación del sobreseimiento. «Meses más tarde, nuestros seguros se pusieron en contacto y cada una de las partes asumimos nuestra culpa, llegando así a un acuerdo por vía administrativa», según la madre.
«Nunca nos pareció bien, pero aceptamos para cerrar este capítulo tan trágico de nuestras vidas», indicó Rosa Trinidad. Tres años y medio más tarde, el conductor reclama a la familia del joven fallecido el pago de los desperfectos producidos en su coche por el atropello (14.000 euros) y más de 6.000 euros por el alquiler de otro coche para trabajar.